DERECHO CIVIL



DERECHO

CONCEPTO DE DERECHO
El derecho es el conjunto de reglamentaciones, leyes y resoluciones, enmarcadas en un sistema de instituciones, principios y normas que regulan la conducta humana dentro de una sociedad, con el objetivo de alcanzar el bien común, la seguridad y la justicia.

DERECHO CIVIL
El derecho civil es la rama del derecho que comprende normas de tipo jurídicas que se encargan de regular las relaciones entre las personas o de tipo patrimonial, las cuales pueden ser voluntarias o forzosas, tanto físicas o jurídicas, privadas o públicas.


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CLASIFICACIÓN DE DERECHO  

Derecho público Regula la actuación de los individuos frente al estado así como las relaciones de los estados con las entidades soberanas entre si

Derecho constitucional:Regula la estructura de la administración pública así como el funcionamiento de órganos prácticos formales de forma del gobierno.

Derecho administrativo:Regula la sanciones públicos regula la regulación y el funcionamiento del poder jurídico

Derecho penal:Establece delitos

Derecho Procesal:Regula los procedimientos que deben seguirse para el cumplimiento del delito

Derecho internacional publico:conjunto de normas jurídicas que fijan los derechos y deberes de los estados entre si.

Derecho privado Normas jurídicas que regulan la relación de individuos en un carácter particular se establece para situaciones genéricas de los particulares y las reacciones reciprocas.

Derecho civil:establece las relaciones privadas entre si, Regula las relaciones de familia y la proteccion de los intereses particulares.

Derecho familiar: conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las situaciones personalesy patrimoniales de los integrantes de una familia entre si y respecto a terceros. Tales relaciones se originan a partir del matrimonio y el parentesco.

Derecho Mercantil:Se define como el conjunto de normas jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados como tales, la organización de la empresa y a los comerciantes en ejercicio de su profesión.  

Derecho internacional privado:conjunto de normas juridicas que rigen a los individuos nacionales cuando se encuentran en otro estado.

 Derecho social conjunto de normas juridicas que regulan la vida de los grupos humanos homogeneos economicamente debiles para atender a numerosos grupos pobres.

Derecho del trabajo:conjunto de normas juridicas distintas a las relaciones entre los obreros y patrones.

Derecho agrario: regula todas aquellas relaciones juridicas derivadas del campo.

Derecho económico: conjunto de principios y normas de diversas jerarquias, generalmente de derecho publico que inscritos en un orden publico economico facultan el desarrollo de un pais.

Derecho ambiental: conjunto de principios y normas juridicas que regulan las conductas individual y colectiva con incidencias en el ambiente.


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LA PERSONA 

CONCEPTO DE PERSONA
Persona es aquel ser que tiene aptitud para intervenir en una relación jurídica como actor o pretensor o como sujeto obligado (escuela francesa).

Persona es aquel ser o ente, a quien el ordenamiento jurídico le reconoce voluntad para ser titular de derechos subjetivos y de deberes (escuela alemana). Persona es todo ser o ente de derechos y deberes.


CAPACIDAD DE PERSONA 
La capacidad jurídica consiste en una atribución genérica que el ordenamiento jurídico hace a las personas físicas o naturales y jurídicas de la condición de sujeto de derecho, ya que atribuye la titularidad de derechos y obligaciones.

ATRIBUTOS DE LA PERSONA 
Nombre: es la denominación con que se la conoce y que sirve para identificarlo en la sociedad. Las características del mismo es que es necesario y único, es irrenunciable e inmutable, salvo en casos excepcionales y mediante resolución judicial, ejemplo de ello es cuando una persona al cambiar de sexo decide cambiar su nombre, o cuando teniendo un determinado nombre decide cambiarlo por ser motivo de burlas.

Domicilio: es la sede legal de la persona, puede suceder que por cuestiones laborales o de salud, la persona pueda tener una residencia provisoria en otro lugar, pero mantiene su domicilio en donde reside habitualmente. 
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Patrimonio: es el conjunto de bienes y obligaciones que tienen o no un valor en dinero y que pertenece a una persona. Puede darse tanto en una persona física como jurídica. Ejemplo de aquellos bienes que tienen un valor económico, puede ser un vehículo o un inmueble; aquellos que no tienen un valor económico, puede ser una foto familiar. 


Capacidad: es la actitud que tiene la persona para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer por si misma esos derechos o cumplir sus obligaciones  

El Estado Civil: es la situación en que se encuentra un individuo en relación con su grupo familiar, por ejemplo estar casado, soltero, divorciado, viudo, ser padre, hijo, esposo. La prueba del estado se realiza mediante actas que se registran en libros especiales y que se las denomina partidas. Estas contienen todos los datos personales de los interesados, testigos y firma del oficial público. Antes los registros eran llevados por la Iglesia Católica, a fines del 1800 se creó el Registro del Estado Civil y Capacidad de la Persona. Las Personas Jurídicas carecen de este atributo, ya que no se pueden casar, tener hijos como las personas físicas.


REGISTRO FAMILIAR
El Registro Civil es una institución pública que depende directamente del estado y que tiene como función documentar los datos y hechos que conciernen al estado civil de las personas físicas como ejemplo tenemos las actas de nacimiento, de matrimonio civil, defunción, etc. El fin que persigue el registro civil es probar ante cualquier tercero, persona o institución dichos datos y hechos. Cada hecho inscrito supone un nuevo asiento en el Registro.
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